V
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Accidental Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional solicitada por los PRESUNTOS AGRAVIADOS: CESAR AUGUSTO HERNANDEZ OVIEDO, IRAIMA MARGARITA HERNANDEZ OVIEDO Y MOISES RICARDO HERNANDEZ OVIEDO, copropietarios de la finca Los Pericocos, en contra de los PRESUNTOS AGRAVIANTES: OFICINA REGIONAL DE TIERRAS DEL ESTADO APURE DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI); determinados así por los mismos presuntos agraviados en su escrito de solicitud, del capítulo I.
2.- Se ORDENA la publicación íntegra del presente fallo debidamente firmado y sellado en la sala de este Juzgado Superior Agrario Accidental de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas, con sede en el Municipio San Fernando del estado Apure, diez (10) días del mes de agosto de dos mil diecisiete (2.017). Año 2.....