este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: UNICO: CONDENA al ciudadano OSWALDO RAFAEL CAÑA, nací en fecha 14-12-73, cédula de identidad N° 12.274.729, hijo de Brunilde Caña y Simón Rafael Sáchez, de profesión u oficio Cabo Segundo de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, casado, residenciado en la Urbanización Los Centauros, Calle 02, Casa N° 18, Color verde, Familia Martínez, San Fernando, Estado Apure|; a cumplir la pena de CUATRO (04) años DIEZ (10) meses de prisión, mas las accesorias del establecidas en el artículo 16 del Código Penal. El auto motivado del presente fallo será publicado en el lapso de ley. Siendo las 03:30 horas de la tarde se da por terminada la presente audiencia. Quedan notificadas las partes presentes de la decisión, conforme a lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se a.....