Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Desistido el Recurso Contencioso Administrativo por Vías de Hecho interpuesto por la ciudadana Irsis Yiradee Lara Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.872.406, debidamente representada por los abogados Douglas Argenis Vargas García y Cesar Elías Lara Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.935 y 160.077, respectivamente, contra el Instituto de Infraestructura del Estado Apure.
Segundo: se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondiente.