DISPOSITIVA.
Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado del Municipio Biruaca, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la Demanda incoada por los Demandantes Abogados PEDRO MANUEL SOLÓRZANO MIRABAL Y PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, en el procedimiento de Cobro de Honorarios Profesionales Judiciales, en contra del ciudadano RAFAEL DEPOSORIO MONTOYA MEJIAS suficientemente identificado.
SEGUNDO: Se Declara el Derecho a los Abogados PEDRO MANUEL SOLÓRZANO MIRABAL Y PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, a cobrar Honorarios Profesionales Judiciales, por las actuaciones señaladas en el libelo de la Demanda en los numerales seis (06) al Veintinueve (29) por la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 210.000,oo).
TERCERO: Se ordena la indexación o corrección monetaria de la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 210.0.....