De allí que, motivado a que el Acto Administrativo de efectos particulares está siendo objeto de una demanda de nulidad interpuesta ante un Tribunal y por cuanto dicho acto sirve de base a los alegatos de la parte demandada, resultando además indudable que el efecto de la decisión del Tribunal de Juicio irradiaría sus efectos sobre las pretensiones del demandante en este juicio, de manera que dicha decisión tiene vinculación directa con esta causa en particular, y más aún dada la posibilidad de obtener decisiones contradictorias, y evitar la violación al orden procedimental. Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal considera indudable que el efecto futuro de la decisión del Tribunal de Juicio, trasciende sus efectos sobre las pretensiones del demandante en este juicio, razón por la cual Resulta Forzoso para esta Juzgadora tener que declarar la existencia de una Cuestión Prejudicial. Y así se decide.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instanc.....