este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia en documento debidamente Registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 31 de Julio del año 2.013, registrado bajo el Nº 2013.2312, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.11216 y correspondiente al Libro del Folio Real 2013; presentado en original para su vista y devolución; dicho terreno consta de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150.00 M2) ubicado en la Urb. "Inspector José Gregorio Trejo", sin numero cívico, de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, dentro de los siguientes linderos: .....