TERCERO: Es por lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA impuesta al penado HÉCTOR JULIO DURÁN ORTIZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C. 17.585.340, condenado por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIETES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de la salud pública, quien falleció en fecha 02 de junio del año 2002; de conformidad con el artículo 103 del Código Penal. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y la Defensa. En la oportunidad legal remítase la causa al Archivo Judicial.....