PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, instaurada por los ciudadanos NORMAN MANUEL APONTE GUERRA Y ANA ROSA APARICIO PARRA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-19.471.281 y V-23.509.806, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Adán Aponte, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 218.976. SEGUNDO: disuelto el vínculo matrimonial, contraído en 11 de Noviembre del año 2010, por los ciudadanos: NORMAN MANUEL APONTE GUERRA Y ANA ROSA APARICIO PARRA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-19.471.281 y V-23.509.806, respectivamente, el cual fue celebrado por ante el Registrador Civil de la Parroquia Biruaca Municipio Biruaca Estado Apure, bajo Acta N° 153, cuya copia certificada fue acompañada a los autos, inserta al folio dos (02) del expediente. Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Muni.....