Este Tribunal Primero de Primera Instancia de  Mediación y Sustanciación  de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, REVOCA la Medida de Secuestro  decretada en fecha 20 de  Octubre de 2010, a favor de la  solicitante ciudadana   BELKIS JUDITH CELI JAIME,  venezolana, mayor de edad, titular de la  cedula de identidad  No. V-13.983.733, parte demandante, actuando en nombre y presentación de su hija ANYULI YORLEY RODRIGUEZ CELI.  Asistida por el Abogado Defensora Adscrita  al Sistema de Protección VILMA  VIELMA  DE TAPIA, de conformidad con lo dispuetso  en el articulo 466 Paragrafo Segundo. Eiusdem.