Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, REVOCA la Medida de Secuestro decretada en fecha 20 de Octubre de 2010, a favor de la solicitante ciudadana BELKIS JUDITH CELI JAIME, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.983.733, parte demandante, actuando en nombre y presentación de su hija ANYULI YORLEY RODRIGUEZ CELI. Asistida por el Abogado Defensora Adscrita al Sistema de Protección VILMA VIELMA DE TAPIA, de conformidad con lo dispuetso en el articulo 466 Paragrafo Segundo. Eiusdem.