TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD interpuesta por la abogada Rinalda Guevara, en su carácter de defensora pública del ciudadano CIRILO BARÓN ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-5.665.115, de que se promueva como prueba complementaria, la practica de Prueba de ADN sobre el catéter encontrado en la vivienda donde residía su defendido, actualmente recluido en el Centro de Coordinación Policial Guasdualito, contra quien se instruye la causa penal signada con el No. 1U645/13, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 3, en concordancia con el artículo 10, numerales 8 y 9 y el artículo 11 de la ley Contra el Secuestro y la Extorsión; y el delito de ASOCIACIÓN PAR.....