Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Ocanto Arébalo Orson Arminio, titular de la cédula de identidad Nº 11.796.971, representado judicialmente por el Abogado Nabor Jesús Lanz Calderón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 79.342, contra la Gobernación del Estado Apure, (Comandancia General de Policía del Estado Apure).