este Tribunal de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: Declarar CON LUGAR la solicitud formulada y en consecuencia dictar EL CAMBIO DE LA MEDIDA CAUTELAR impuesta por este Juzgado en fecha 21-08-08, en contra de los adolescentes (Se omite la identificación de los adolescentes por mandato expreso del Articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes),. por lo que se amplían las presentaciones impuestas, debiendo realizar presentaciones ante el Área de Alguacilazgo de este Circuito y Extensión, una vez al mes, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. En tal virtud, líbrense boletas de Notificación. CÚMPLASE.
La Juez de C.....