Analizados como han sido tanto las declaraciones realizadas, como los documentos relacionados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y 822 del Código Civil, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus CARMEN FILOMENA HIDALGO VENTA, a los ciudadanos JOSE RAFAEL HIDALGO, MARCOS YOEL HIDALGO, ANGEL MARÍA HIDALGO, ALEXIS DE JESÚS HIDALGO, CARMEN ZENAIDA HIDALGO, MARIA FARIDIS HIDALGO, MARCOS ELADIO HIDALGO, YUDIT BELZABERT HIDALGO Y LUIS ALFONSO AFANADOR HIDALGO antes identificados, en su condición de hijos de la referida de cujus, en el mismo orden nombrados. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la decisión.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 2.....