siendo las 8:30 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE; a cargo de la Abg. PAULA CONSUELO GRAU ROMERO Jueza del mismo con su respectiva Secretaria Abg. ANTONIA Y. SOLORZANO., y el Alguacil ciudadano JEAN CARLOS DELGADO; a los fines de dar cumplimiento a la Ejecución de la inspección judicial Comisión Nº 2013-004 a que se contrae la solicitud hecha por el ciudadano: MANUEL ENRIQUE y RAFAEL ANTONIO OLIVERO REQUENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.598.807 y 11.753.030 respectivamente; asistidos por el abogado en ejercicio ALICAR GOITTIA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.594.997 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.376, quienes se encuentran presentes en la práctica de la Inspección que nos fuera conferida por el JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, según .....