Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana Belbi Josefina Ojeda Zapata, titular de la cédula de identidad Nº V-8.168.909, debidamente representada por los abogados en ejercicio Elicar Ascanio Solórzano y Elías Elicar Ascanio Solórzano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 156.607 y 81.438, respectivamente, contra el Municipio San Fernando del Estado Apure.
Segundo: Se ordena a la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, cancelar a la querellante la cantidad de Ocho Mil Bolívares (Bs. 8.000,00), contenida en la Cláusula 103, Parágrafo Cuarto, de la I.....