este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia con el Artìculo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200,oo) MENSUALES, la Obligación de Manutención, que el ciudadano: MARCO SANTIAGO LOPEZ ARIAS, debe cumplir a favor de sus hijos, a partir del 04-06-07, sumas estas que deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros que aperturará en la entidad Bancaria Banfoandes la parte accionante a favor de los niños: NELSON JESUS, MARCO ALEJANDRO, JOSE MANUEL y DIANA CAROLINA LOPEZ CASTILLO, más ropa, Calzados, así como Medicina y Útiles Escolares, entre otros cuando se p.....