HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO planteado entre los ciudadanos ALEXIS SULBARAN y LEDYS YAJAIRA INOJOZA, titulares de las cédula de identidad No. V-6.337.318 y V-11.756.246, quedando modificado únicamente en cuanto al aumento automático y bonificaciones especiales, conforme al artículo 317, en relación con el artículo 315, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-