DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el principio general de validez temporal de la ley penal, y los principios de retroactividad y extractividad de la ley, así como el articulo 493 numeral 2º y la Disposición Final Primera, y Parágrafo Tercero del Código Orgánico Procesal Pena publicado en Gaceta Extraordinaria Nº 5930 de fecha 04-09-2009, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: ANGELO JOSE TAPIA, titular de la cédula de identidad Nº 17.203.638, Venezolano, mayor de edad, condenado por la comisión del Delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, residenciado en el Barrio "Dios con nosotros", Casa S/N, Municipio San Fernando de Apure. Estado Apur.....