Por las razones antes, expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre los créditos y derechos que la empresa mercantil CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO, C.A. (CONINVECA), debidamente registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha 20 de junio del año 1997, bajo el Nº 61, Tomo 6-A,, con domicilio fiscal en la calle bolívar, edificio Rio Apure, piso 3, San Fernando de Apure, Estado Apure, y representada legalmente por el ciudadano GIANFRANCO NAPOLITANO SERRADIMIGNI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.993.686, tiene por cobrar en la sede de la empresa PDVSA AGRICOLA S.A. y la CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA C.A., ubicada e.....