; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanas, JOSE RAMON ARRIETA ARANA, LUIS ALFREDO BUSTILLO LAYA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-881.612, V- 3.770.119, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus ALIDA BERTA LAYA DE ARRIETA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al solicitante.