Al día de hoy, ya constan resultas de las notificaciones libradas en fecha 28-7-2016, evidenciándose que, en lo que respecta a los ciudadanos ELVIS ESCALONA y PABLO ROJAS, sus resultas constan a los folios ciento treinta y nueve (139) y ciento cuarenta (140) del asunto penal 1C-20585-16, constatándose que las mismas fueron dejadas en su sitio de trabajo, y mal podría ser libradas nuevamente. En lo que respecta al resto de los ciudadanos a saber DORIANA GONZALEZ, ADAMS RODRIGUEZ, YANET MARCHENA, LILIANA CARABALLO, CALIZ SEGOVIA, ALICIA CELIS, WILFREDO ROJAS, se tiene que, en contra de los mismos no fue admitido el escrito de querella, toda vez que si bien es cierto son mencionados en su escrito por el ciudadano JOSE LUIS PULIDO ESCOBAR, no es menos cierto que dicha querella no fue presentada en contra de los ciudadanos ya mencionados, y por ello resulta IMPROCEDENTE, el librar las respetivas boletas de notificación a nombre de los ya referidos. Y así se decide