PRIMERO: Declara con lugar la pretensión interpuesta en fecha 22-5-2014, por la Abg. Griselia Ramírez, Defensora de OSCAR ALEXANDER MIRABAL, contra la decisión dictada en fecha 31-1-2014, publicado su texto íntegro en fecha 24-4-2014, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante la cual condenó al antes mencionado a cumplir la pena de 11 años de prisión, por la comisión del delito de robo agravado de vehículo automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 y numerales 1 y 2 del artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, pero por motivos distintos a los alegados por la Recurrente.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal se declara la nulidad del fallo impugnado, por falta de motivación, ordenándose que un juez distinto a la Abg. SARA BETANCOURT GUTIERREZ, celebre nuevo juicio contra el acusado.