Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGARel Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadanoLUIS ENRIQUE RANGEL OJEDA, Titular de la cedula de identidad Nº V-10.619.468, debidamente representado por los abogados en ejercicio Kevin Zachary Ceballo y Robert Alberto Moreno Juárez, abogados en ejercicios y de este domicilio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nº 123.884 y 79.642, contra la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure.-
SEGUNDO: Se DECLARA la Nulidad Absoluta del Acto Administrativo dictado por la Prof. Ofelia Padrón, en su condición de Alcaldesa del Municipio San Fernando del Estado Apure, donde resolvió destituir al c.....