ESTE JUZGADO UNIPERSONAL DE JUICIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LA JUEZ DE JUICIO, Revoca la medida Cautelar de detención domiciliaria y en su lugar se acuerda la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de la ciudadana: YELEMNE DEL ROSARIO GONZÀLEZ BAEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-12.196.983, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal penal. Siendo las 10:30 horas de la mañana, terminó se leyó y conformes firman.
La Juez de Juicio,
Nelly Mildret Ruiz Ruiz
Fiscal III del Ministerio Público
Carlos Alberto Febres
Abogado defensor,
Ricardo da Silva.
La acusada,
YELEMNE DEL ROSARIO GONZÀLEZ BAEZ,
ALGUACIL DE SALA,
SECRETARIA DE SALA,
CARMEN PIERINA LOGGIODICE.
1M163-03