DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: el archivo de las actuaciones correspondiente a las causa N° 1C-856-01 seguida a ESPINOZA CARIDAD ANTONIO, cuya investigación inició la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico de conformidad con lo establecido en el tercer aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y se aseguramiento impuestas y la condición de imputado, como lo son las presentaciones y la fianza personal impuestas al imputado en la Audiencia de Presentación.
TERCERO: Ofíciese al área de alguacilazgo a los fines de que cesen las presentaciones del mencionado imputado. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Terminó, se leyó y conformes firman.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL;
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