D I S P O S I T I V A:
Con fundamento a lo antes expuesto este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: Acuerda que el atraso pendiente de la suma de BOLÍVARES CIENTO VEINTE MIL (Bs. 120.000.oo), esto hasta el mes de julio.-
SEGUNDO: Ordena depositar los meses agosto, septiembre y octubre a razón de BOLIVARES SESENTA MIL (Bs, 60.000.oo) mensuales, para un total -de BOLÍVARES CIENTO OCHENTA MIL (Bs. 180.000.oo), y por un monto total de BOLÍVARES TRESCIENTOS MIL (Bs. 300.000.oo), cantidad ésta que deberá consignarse ante este Despacho de acuerdo a lo solicitado por la parte accionante.-
TERCERO: Acuerda fijar una bonificación adicional equivalente a un mes para útiles escolares es decir BOLÍVARES SESENTA MIL (Bs. 60.000.oo).-
CUARTO: Se ordena oficiar al ente pat.....