DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR, la solicitud formulada por el Consultor Jurídico y el Director del Internado Judicial de esta ciudad de San Fernando de Apure, en representación del interno: WILMER ARLEY ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N° 26.408.809, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión del delito de SECUESTRO; mediante la cual pidió de este Tribunal el traslado del ciudadano imputado referido hasta la Servicio de Cardiología del Hospital Pablo Acosta Ortiz de ésta ciudad de San Fernando de Apure; en consecuencia, se ordena el traslado del ciudadano: WILMER ARLEY ESCALONA hasta el centro de salud referido, con las medidas de seguridad necesarias en procura de garantizar la no evasión del detenido. N.....