Visto lo anterior, y de la exhaustiva revisión efectuada al libelo de demanda, este Tribunal observa que hay una inepta acumulación de pretensiones, visto que en el escrito libelar solicita la nulidad para dejar sin efecto el Acta de la Asamblea Extraordinaria, esto aunado al hecho de que no se señalo con exactitud la pretensión que hoy se intenta demandar en la presente causa, mencionando incluso que deben resarcírsele a los accionantes una serie de Daños y Perjuicios, los cuales no fueron indicados de manera precisa, indicando una serie de ambigüedades que no pueden ser interpretadas por quien suscribe el presente auto, situación ésta que atenta contra el contenido de los ordinales 4°, 5° y 7° del artículo citado supra.
TERCERO: En concordancia a lo que antecede, es menester señalar que el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil establece, que en caso que la demanda sea contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley se negará su a.....