DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: De conformidad con el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE LA TOTALIDAD DE LA ACUSACION, interpuesta por el Ministerio Publico en contra del ciudadano: JAVIER ANTONIO LOPEZ SANCHEZ; V-16.155.981 por el delito de: OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y FUGA DE DETENIDOS; previstos y sancionados en los artículos 277 y 258, respectivamente, del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, cometidos en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: Se ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFERTADAS, por el Ministerio Publico, por ser legales, pertinentes y necesarias para el juicio oral y público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313.....