CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparece como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, la ciudadana: NANCY ALBERTINA GUERRA DE BOLIVAR, ampliamente identificada en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana: NANCY ALBERTINA GUERRA DE BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.596.906, y de este domicilio, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Doce (12) días del Mes d.....