Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior, civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, incoado por el ciudadano JOSE GUILLERMO LAVIERI PLANAS, titular de la cedula de identidad N° 9.684.891, actuando en su carácter de apoderado judicial de la AGROPECUARIA EL CASABOTAL, C.A, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS OSWALDO BUAIZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.851, contra la acto administrativo de fecha 27 de septiembre de 2.006 dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión extraordinaria 24/06-06, en el expediente administrativo N° 05-04-07-03-00027-TO, que declaró como ociosas o incultas el terreno denominado Hato La Viereña, ubicado en el asentamiento campesino Baldíos de San Fernando.....