Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLECENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION DE LA SANCION al adolescente iuris IDENTIDAD OMITIDAD, de conformidad a lo establecido en el articulo 65, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente recluido en la Comandancia de Policía del estado Apure; por haber cumplido completamente la sanción impuesta de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con la ley especial en referencia en la presente Causa de la nomenclatura de este Tribunal Nº 1E-738-05. Sin embargo, por cuanto este Tribunal tiene conocimiento formal que por ante el Tribunal Primero de Juicio del Sistema Ordinario de este mismo Circuito Judicial Penal cursa Cau.....