D I S P O S I T I V A
Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, examinadas como han sido la copia certificada del Acta de Defunción, Actas de Nacimiento, de los interesados, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial, considera, por cuanto en estas actuaciones sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos FRANCISCO ROBERTO DOBLE FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.597.808, y las ciudadanas ANGELICA MERCEDES DOBLE FAJARDO, ROSA PILAR DOBLE FAJARDO y CORINA DEL CARMEN VALERA DE DOBLE venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad V-9.877.062, V-10.621.728, V-8.165.061,cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario.....