este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos FREDDYS SALVADOR ALFONZO, RAFAEL MARIA ALFONZO, ELSA DEL CARMEN ALFONZO DE VISO, LUISA AUDELINA ALFONZO, BERTA JOSEFINA ALFONZO, ARELIS ELOISA ALFONZO DE AULAR, ALEXIS OSWALDO ALFONZO, ZORAIDA YUSMELIDA ALFONZO, BELKIS MARITZA ALFONZO, YUDIT DEL VALLE ALFONZO y DANNY IBAIRE ALFONZO DE ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V-4.142.374, V- 2.231.626, V-11.316.329, V-8.161.027, V-4.142.372, V-4.671.790 V-8.157.233, V- 9.590.544, V- 10.619.661, V-9.869.981, V-10.619.754 y V-11.761.294, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JUANA EPOMUCENA ALFONZO, quien fue venezolano, de 92 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.768.254, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros......