En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MARIA SOBEIDA OLAVE ARRAIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.815.357.-