PRIMERO: Se declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN, de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, para conocer de la demanda incoada por la ciudadana GLANELLY JOSEFINA YNFANTE, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V.-11.240.036, debidamente asistido por el abogado ASDRUBAL VARGAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-4.139.528, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 20.475, contra el INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER), representada por el ciudadano RICARDO HERNÁNDEZ, en su carácter de REPRESENTANTE del INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) por EJECUCIÓN DE PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA correspondiéndole su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo correspondiente.
SEGUNDO: Se acuerda la remisión por consulta obligatoria a la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, con sede en la ciudad de Caracas de conformidad con el artículo 62 del Código de .....