DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de AUMENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA formulada por la ciudadana: RODRIGUEZ ARRIETA DE GONZALEZ MILBA ADELAIDA, C.I. N°V- 11.237.514, debidamente asistida d abogado, en su condición de madre y representante legal de los niños: ABLIM MARIA MAURITANIA, JUNIOR ANTONIO y JUNIER JOSÉ GONZALEZ RODRIGUEZ.
SEGUNDO: Se aumenta con carácter definitivo como Obligación Alimentaria la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150. 000, oo) mensuales que el ciudadano JOSÉ GONZALEZ AZOCAR, Venezolano, mayor de edad, funcionario adscrito al Ministerio de la Defensa, portador de la Cédula de Identidad N°V- 11.336.309, y con domicilio en Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, debe cumplir a favor de sus niños; ABLIM MARIA MAURITANIA, JUNIO ANTONIO y JUNIER.....