El tribunal vista la exposición anterior, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de: la Desposeción Jurídica de la cantidad de: SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (71.625,oo B.F.), y declara la desposeción jurídica de la misma, haciéndole saber al notificado que al existir la disponibilidad correspondiente deberá emitir cheque de gerencia a nombre del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Acto seguido, el Tribunal no teniendo otra diligencia que practicar da por terminado el acto y acuerda su regreso a la sede natural siendo las 10:35 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- La Jueza Temporal. Dra. AURI TORRES LÁREZ. El Apoderado del demandante. Dr. JESÚS ABANO CASTILLO. El Notificado. Ing. CARLOS ALBERTO CASTILLO ALFO.....