En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso, le procede al penado ANTONIO JOSE BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.235.331, la concesión de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, una vez que le sea practicado el Informe Psicosocial, y cumpla con los demás requisitos de ley. Por último, por cuanto dicho penado, se encuentran privado de libertad desde el día 14-04-2010, este Tribunal acuerda mantener dicha Medida, hasta tanto cumpla con los requisitos de ley para el otorgamiento de la alternativa al cumplimiento de pena que le corresponda, y visto que el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal acordó en Sentencia condenatoria la Destrucción por Procedimiento de Incineración de las Sustancias Estupefacientes (Drogas) incautada al imputado de autos y se libraron los respectivos Oficios a la Oficina N.....