este TRIBUNAL DE JUICIO DE LA SECCION ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTA APURE, EXTENSION GUASDUALITO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Supeditar la realización de la Audiencia Especial por Procedimiento de Falta hasta que se logre dar con la ubicación de la adolescente (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Segundo: Líbrese boleta de citación al adolescente infractor (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a los fines de que comparezca dentro de los tres (03) días hábiles siguientes que se le logre su ubicación para la realización de la Audiencia Especial a que hacen referencia los artículos 383 y 384 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Envia.....