DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Terminado el procedimiento por el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en el presente Juicio de QUERRELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, interpuesto por la Ciudadana: JOSEFINA RAMIREZ (Viuda de Molina), en contra de la ciudadana: CORREA CHAVEZ MARIBEL.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte demandante.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada en el archivo de este despacho en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este despacho a los Doce (12) días del mes de Agosto del año 2.015. 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MARIA VIRGINIA VILLANUEVA M.
Seguidamente siendo las 3:20 p.m, se publicó y .....