CUARTO: Se impone la Medida Cautelar Sustitutiva de privación de Libertad, a favor de los imputados: WINDER ROVERSI CABRERA LUGO, venezolano, mayor de 20 años de edad, nacido el 03/01/1990, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.003.846, hijo de Geisha de Cabrera y Elías Cabrera, residenciado en el vecindario viento B, vía Achaguas, después de las cotúas, frente a la cancha deportiva, casa s/n jurisdicción del municipio biruaca, estado apure. 0416-5497892; y MANUEL JOSE CASTILLO ALVAREZ, venezolano, mayor 45 años de edad, nacido el 21/10/1965, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-9.868.454, hijo de Manuel Castillo y Camila de Castillo, residenciado en la calle Bolívar Nro. 10, casa Nro. 10 frente a la Polar en San Juan de Payara del Estado Apure. Teléfono: 0414-3472016, conforme a lo señalado en los artículos 256 ordinales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada sesenta (60) días ante el área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal .....