III.-DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Declara: "PARCIALMENTE CON LUGAR" SOLICITUD DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN: a favor del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Del Adolescente), hijo de los ciudadanos JOSÉ SIMÓN MONZON JIMÉNEZ Y MERY BETZIBEL HERRERA PEÑA; en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Aportar La Cantidad mensual de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,00), por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Así se declara.-
SEGUNDO: Aportar la cantidad adicional de TRES MIL BOLIVARES (3.000,00 BS); en el mes de Diciembre por concepto de Bono Navideño, para la compra de la ropa y calza.....