Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN" a favor del ciudadano IVAN DARIO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.234.491, las bienhechurías que se determinan en la solicitud construidas en terrenos de su propiedad, según se evidencia en Titulo de Adjudicación en Propiedad de Parcela en Tierra Urbana o Periurbana Publica debidamente registrado ante el Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, inscrito bajo el Numero 2013.3643, Asiento Registral 1 del Inmueble con el N° 271.3.6.1.12547 Folio Real del Año 2013, con una extensión de terreno de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETRO.....