este Tribunal del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos HEIKE ANTONIO GARCIA y DELIA MARGARITA LOPEZ DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nºs. E-82.145.394 y N° V-8.194.263, respectivamente, asistidos por el Abogado BLADIMIR J. ISSELE P, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 254.316. En su escrito los comparecientes expusieron que solicitan se declare disuelto el VÍNCULO CONYUGAL que contrajeron en fecha 19 de Septiembre de 1.995, expedida por ante la extinta Jefatura Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador, Caracas, según consta del Acta de Matrimonio Nº 215, de los Libros llevados durante el año 1.995.
Liquídese La Comunidad Conyugal.