PRIMERO: CON LUGAR la DEMANDA DE ACCIÓN DE PROTECCIÓN, intentada por la ciudadana IRAMA JOSEFINA MORA ARAUJO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.497.198, en su carácter de Coordinadora de la Defensoría Comunitaria "Niño Simón", según Resolución N° STE-001, de fecha 23 de septiembre del año 2005, la cual funciona en la Sede de SINTRAENSEÑANZA, debidamente asistida en este acto por los abogados en ejercicio legal ZULAIMA SEQUEDA y CARLOS GOMEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 96.940 y 96.912, respectivamente, constante de tres (03) folios útiles y veintiún (21) folios útiles, anexos; consistente en DEMANDA DE ACCIÓN DE PROTECCIÓN, contra el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Fernando, representado por el ciudadano NESTOR OMAR COLMENARES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.194.860, en su condición de Presidente, debidamente asistido po.....