Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: OTORGAR la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la penada BELCI BELEN MONASTERIO MACIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.791.777, natural de Guasdualito, estado Apure, nacida en fecha 05 de noviembre de 1974, soltera, de oficios del hogar, residenciada al final de la calle 5, casa sin número, Barrio José Antonio Páez, Guasdualito, estado Apure, quien fue condenada por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en perjuicio del Estado Venezolano y la Asociación Cooperativa del Consejo Comunal "Barrio José Antonio Páe.....