´D I S P O S I T I V A
Finalmente, éste Juzgador considera que, de acuerdo a las actuaciones realizadas, Acta de Defunción y las copias de Cedula de Identidad, por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-cujus: ORLANDO JOSE ZAPATA CORDERO, su esposa la ciudadana LEX YMAYESKY PIÑERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.897.601, de este Domicilio, y sus hijos MARIAGRAZZIA CAROLESKY ZAPATA PIÑERO, titular de la cedula de identidad N° V-27.721.440, GEANPIER ENRIQUE ZAPATA PIÑERO, titular de la cedula de identidad N°V-31.376.750, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTOR.....