Por cuanto la ciudadana GLADYS ISABEL SOTO DE GALINDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 4.667.711, asistido por la Abogada ROSA CARABALLO RONDÓN, inscrita en el Inpreabogado el Nº. 10.810, solicitó que este Tribunal ordene la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, signada con el N°. 100, de fecha 02 de diciembre del año 1.976, tal como consta en anexo marcado "B", por cuanto no es contraria al Orden Público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, se admite la misma y se ordena darle entrada en el Libro de Causas Civiles bajo el N°. 2.010-4.465. El error denunciado consiste en que al ser asentada la mencionada Acta de Matrimonio, se escribió su segundo nombre con ISABEL con la letra "Y"griega, siendo lo correcto escribirlo con "I" latina. Para los efectos probatorios la solicitante co.....