este JUZGADO UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Primero: Admite la acusación presentada por la Fiscalìa XII del Ministerio Público en contra del acusado CLISOLOGO PÉREZ GONZÁLEZ, por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes en Pequeñas Cantidades, previsto en el en el artículo 31 tercer aparte de la de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Público; Segundo: Se admite el procedimiento de admisión de hechos, solicitado en audiencia por el acusado y su defensora; Tercero: se condena al ciudadano CLISOLOGO PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.375.593, nacido en fecha 04-12-1978, natural de Mantecal, Estado Apure, de 29 a.....